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Con el objetivo de potenciar la previsión social complementaria el decreto establece nuevas medidas que mejoran la transparencia de las EPSV y la información que deben suministrar a los socios y beneficiarios. Esta información al socio deberá expresar con claridad, entre otras cuestiones, la cuantía de los gastos de gestión, la rentabilidad obtenida por el plan de previsión y el perfil de riesgo de cada plan. Para ello el decreto regula la cuantía de los gastos de gestión, la forma de determinación de la rentabilidad y los métodos de medición del riesgo que soportan las inversiones que se deberán recoger en la declaración de principios de inversión que debe presentar cada plan.
El decreto establece una nueva regulación sobre la movilización de los derechos económicos de los socios entre EPSVs que no tendrá ningún coste para el socio. En este sentido la nueva norma encaja en el espíritu del proyecto de directiva de la Comisión Europea sobre mejora de la portabilidad de de los derechos de pensión complementaria.
Aunque el decreto regula tanto las EPSV individuales como las de empleo y asociadas, en lo que atañe a las de empleo, la nueva norma traspone a las entidades vascas la directiva europea de 2003 relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo. En este sentido regula los temas del Buen Gobierno en el funcionamiento de las entidades, la información que se debe facilitar a socios y autoridades reguladoras y las normas de inversión para garantizar la solvencia, todos ellos aspectos que no pudo contemplar la ley vasca de EPSV de 1.983.
Texto del Decreto
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